Exención de Comercio
Exención de Comercio
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Tipo
COMERCIO
COMERCIO
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*El correo electrónico denunciado se tendrá como domicilio electrónico constituido, en los términos de los artículos 125,126 y 127 de la Ley Nº 9.003.
"Declaro bajo juramento que los datos consignados precedentemente son ciertos".
El otorgamiento de la exención solicitada estará supeditado al análisis de la naturaleza de la actividad, la forma de desarrollarla y la realidad económica de la misma por parte del Organismo Fiscal, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 6.999/20, quedando facultado para ello a solicitar todos aquellos elementos que considere necesarios a tal fin.
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